Preguntas frecuentes

La Revisión Técnomecánica es un procedimiento único para todos los vehículos automotores, aquí se realiza el diagnóstico del vehículo y su propósito es asegurar las condiciones técnicas y mecánicas del vehículo automotor para rodar por el territorio nacional garantizando la seguridad para los ocupantes del vehículo y los demás actores de la vía además de velar por el cuidado y protección del medio ambiente.

La Revisión Técnomecánica es más que un simple certificado y para su seguridad y la de sus pasajeros, se debe tramitar únicamente en los CDA certificados. La primera revisión se realiza seis años posterior a la fecha de la matrícula del vehículo si es particular, a los dos años si es moto o servicio público y luego de esta vigencia, se debe realizar cada año.

La rige el decreto 019 de 2012 y la resolución 3768 de 2013, emitidas por los Ministerios de Medio Ambiente y Transporte.

En este diagnóstico se evalúan las siguientes variables: carrocería, estado de los frenos, dirección, suspensión, sistema de las señales visuales y audibles, llantas y el conjunto de vidrios de seguridad.

Si después de revisar el vehículo se comprueba que este no tiene las condiciones mecánicas y estructurales adecuadas para su movilidad, debes acudir a un taller mecánico para que allí revisen y realicen las mejoras recomendadas por el personal experto del CDA. Cuando esté listo en un tiempo no mayor a 15 dias, debes llevar de nuevo el vehículo al CDA para que allí certifiquen que tu vehículo alcanzó unas condiciones óptimas de funcionamiento gracias al arreglo de estos desperfectos y así puedas obtener en tus manos el certificado de Revisión Técnico Mecánica y de Gases.

Si una autoridad de tránsito verifica que NO tienes la Revisión Técnico Mecánica y de Gases vigente, puedes incurrir en una multa de 15 salarios mínimos diarios legales vigentes y que esa misma autoridad ordene la inmovilización de vehículo (o como se dice coloquialmente “llevar el carro a los patios”).

La revisión técnico-mecánica al igual que varios servicios incrementa su valor cada año proporcionalmente al ajuste del salario mínimo, pero desde el 14 de septiembre del 2015 el gobierno a través de la resolución Nro. 3318 del año 2015 especifico los rangos de precios, expresado en salarios mínimos y los recaudos que contendrían dichos precios, estos recaudos son: RUNT, ANVS, SICOV, IVA Y VALOR DEL SERVICIO

 

(Tarifa fija a nivel nacional): El RUNT significa Registro Único Nacional de Tránsito, y funciona como una gran base de datos centralizada que contiene información sobre todos los vehículos en el país, todos los conductores de vehículos, los seguros de los mismos, las infracciones de tránsito.

(Tarifa fija a nivel nacional, varía con base al tipo de vehículo y en los años de antigüedad): La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), es una entidad cuyo fin es reducir la accidentalidad y mejorar la seguridad en las vías del territorio colombiano.

(Tarifa fija a nivel nacional): es un Sistema de Control y Vigilancia (Sicov) el cual está diseñado para acabar con el fraude que hacían muchos al sacar la revisión técnico-mecánica, por medio de video vigilancia en conjunto con la superintendencia de industria y comercio.

De acuerdo al Decreto Ley Antitrámites (Decreto 2106 del 2019) el certificado de Revisión Técnico Mecánica ahora es digital, con el objetivo de facilitar su portabilidad,  y aumentar la seguridad jurídica del mismo.

Recuerda que debes registrar un correo electrónico activo, para recibir el certificado de Revisión Técnico Mecánica o de lo contrario, podrás descargarlo directamente en la página del RUNT.